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Es licenciado (UNAM) y maestro en sociología (UIA), doctor en administración pública (IESAP), diplomado en ideas e instituciones políticas (ITAM) y en políticas de juventud por el Ministerio de Educación y Cultura y el Instituto de la Juventud de España. Fue Profesor Visitante en la Universidad de Murcia, España, y es Profesor Titular B de tiempo completo de la Escuela Nacional de Trabajo Social-UNAM. En el ámbito académico-laboral ha ocupado diversos cargos y actualmente es Consejero Universitario en la UNAM.
[description] => Si nos mostramos orgullosos al manifestar que nuestra Constitución promulgada hace ya cien años fue la primera en el mundo que incorporó en su texto los derechos sociales, es preciso conocer y analizar la génesis de tan noble logro, pues su contextualización permite superar visiones simplificadoras y maniqueas que lo atribuyen al triunfo de una facción determinada. No, la Constitución de 1917 comprende la síntesis de los anhelos de libertad y justicia de los distintos grupos revolucionarios, es un catalizador de esperanza que recoge sus más nobles aspiraciones, que sustentan los logros alcanzados por el país a lo largo de una centuria, pero a la vez contrastan con las condiciones de infortunio que padecen amplios sectores sociales en nuestro país. 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Si movimiento y cambio son las constantes del devenir histórico, es comprensible que el conflicto sea inherente a la sociedad, pues está conformada por individuos, grupos y comunidades portadoras de cosmovisiones e intereses diferenciados y en ocasiones confrontados. Si el conflicto es ineludible en la sociedad, se precisa entonces de mecanismos legales e institucionales para regularle y dirimir las diferencias por la vía civilizada con objeto de salvaguardar la convivencia social; esa es precisamente la razón de ser de la ley. En este orden de ideas, toda sociedad se ha dado a sí misma un conjunto de ordenamientos legales que norman los derechos y obligaciones de sus integrantes y que regulan tanto las interrelaciones entre individuos, como de éstos con las instituciones y de estas últimas entre sí. La ley suprema es la constitución, que es el acuerdo jurídico-político que constituye a la nación y fundamenta la existencia y actuación del Estado, el cual, en tanto representante de todos, puede relacionarse con otros Estados como un ente soberano. El Centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es una oportunidad para repensamos como país, a fin de reflexionar sobre los logros alcanzados como sociedad, así como con respecto a los muchos rezagos que nos aquejan. Es propicia la ocasión para analizar la correspondencia entre las aspiraciones que tenían los legisladores del Constituyente de 191ó-1917 y las realizaciones de los mexicanos en materia de ejercicio de derechos cien años después. Es pertinente considerar que los miembros del Constituyente de Querétaro fueron actores políticos del proceso revolucionario iniciado en 1910 y que algunos de ellos, como Francisco J. Múgica, Heriberto Jara, Cándido Aguilar, Esteban Vaca Calderón, entre otros, también fueron protagonistas armados de dicho movimiento, por lo que todos, en distintos niveles, eran portadores del reclamo de justicia social que motivó la Revolución y que fue punto de convergencia de distintas facciones revolucionarias, lo cual es determinante para la comprensión histórica e integral del proceso de construcción legislativa constitucional. Si nos mostramos orgullosos al manifestar que nuestra Constitución promulgada hace ya cien años fue la primera en el mundo que incorporó en su texto los derechos sociales, es preciso conocer y analizar la génesis de tan noble logro, pues su contextualización permite superar visiones simplificadoras y maniqueas que lo atribuyen al triunfo de una facción determinada. No, la Constitución de 1917 comprende la síntesis de los anhelos de libertad y justicia de los distintos grupos revolucionarios, es un catalizador de esperanza que recoge sus más nobles aspiraciones, que sustentan los logros alcanzados por el país a lo largo de una centuria, pero a la vez contrastan con las condiciones de infortunio que padecen amplios sectores sociales en nuestro país. En virtud de lo señalado, en la Escuela Nacional de Trabajo Social de la Universidad Nacional Autónoma de México nos dimos a la tarea de convocar a reconocidos expertos en la materia, tanto de la UNAM como de otras instituciones, para participar en un proceso de reflexión colectiva con objeto de explorar los antecedentes, debates y prospectiva del contenido social de nuestra Carta Magna. El resultado de este ejercicio de análisis multidisciplinar es el libro que hoy sometemos a su consideración, que comprende dos partes. La primera denominada "Ideas, aspiraciones y precursores de los derechos sociales", cuyo propósito es centrar el análisis en el papel desempeñado por distintos actores sociales, pues un documento por demás avanzado para su tiempo, como fue la Constitución de 1917, no puede explicarse como la obra de un grupo de iluminados y menos como las ocurrencias e imposiciones de ciertos actores radicalizados; es, paralelamente, continuación y profundización de temas pendientes en el Constituyente de 18561857; así como expresión y síntesis de distintos proyectos de nación que enarbolaban fuerzas políticas confrontadas durante la Revolución mexicana y, también, es recuperación de distintas experiencias de gobierno exitosas previas a la elaboración del texto constitucional. En consecuencia, el capítulo inicial elaborado con erudición y refinada pluma por Gloria Villegas Moreno, titulado "Agenda nacional y legitimidad. En el umbral del Constituyente de 1916-1917", recapitula el accidentado proceso mediante el cual fue delineándose colectivamente la formación de la agenda nacional y cómo, ante los constantes atropellos de los poderosos, se fue configurando un reclamo de legitimidad de la acción política. Las aspiraciones de cambio y justicia social no fueron privativas de los revolucionarios, el germen existía desde el Constituyente de 1856-1857; se fortalecen con el Programa y Manifiesto del Partido Liberal Mexicano y con la promesa de restitución de tierras del Plan de San Luis, que se redimensiona con el Plan de Ayala; el anhelo democrático y de justicia social se condensa en la cláusula octava del Pacto de Torreón y es materia de discusión y aporte fundamental de la Soberana Convención de Aguascalientes, que de manera inédita implicó la discusión de distintos proyectos de país y cuyas desavenencias llevarían a la guerra de facciones revolucionarias. No obstante de la derrota de los convencionistas, el espíritu de sus ideales también triunfó en el Constituyente de 1916-1917, paradójicamente abanderados por el ala radical del constitucionalismo. En suma, la autora da cuenta del costoso y doloroso proceso de construcción de la agenda nacional que se legitimó al incorporarse, doctrinaria y orgánicamente a la Constitución de 1917. José Gamas Torruco, en su colaboración, "Educación, propiedad y administración de justicia en el Constituyente de 1916-1917", recrea el ambiente de lucha ideológica que se vivió en el Congreso de Querétaro; refiere jornadas de trabajo intensas, acaloradas y apasionadas donde se enfrentaron diferentes tendencias. Por un lado, los renovadores de orientación moderada que se asumían como los continuadores del pensamiento liberal y que eran afines al proyecto inicial de Venustia-no Carranza; un segundo grupo, el radical, conocido también como los jacobinos, que no se conformaba con un proyecto reformador e impulsaba un orden constitucional que incluyera los reclamos sociales de las distintas facciones revolucionarias y, en medio y como fiel de la balanza, un grupo de diputados independientes y expertos en el arte de la abogacía, que fue clave para la construcción de un entorno donde las ideas de los radicales poco a poco fueron ganado terreno hasta ser preponderantes. En este sentido, Gamas Torruco reconstruye con agudeza las argumentaciones en materia educativa, de propiedad de la tierra y bienes de la Nación e impartición de justicia, que fueron parte fundamental del telón de fondo de la incorporación de los derechos sociales al texto constitucional. "Un acercamiento a la vida y obra de Salvador Alvarado: su impacto en la Constitución de 1917" es la contribución de quien esto escribe. Alvarado es uno de los personajes más ilustres del extenso panteón de los revolucionarios vencidos y olvidados, no obstante de que fue una figura que destacó tanto en el terreno de las armas como en el de las ideas. Su obra reformadora fue intensa y prolífica: acabó con la esclavitud de los indios, prohibió el sistema de retención por deudas y suprimió la servidumbre; promovió la formación de organizaciones sindicales y un partido; aprobó leyes de avanzada en materia de hacienda, trabajo, catastro y municipio libre; organizó, en beneficio colectivo, el monopolio estatal sobre la producción y distribución del henequén; reglamentó la prostitución y encabezó una radical campaña contra la ingesta alcohólica; convocó a congresos pedagógicos y femeninos, pioneros en su género; efectuó una intensa cruzada educativa, aún sin paralelo en la historia de Yucatán, y, con el auxilio de "los propagandistas", realizó un intenso Trabajo Social con los sectores populares mediante una campaña de educación social para difundir los beneficios de la Revolución y movilizar a las masas en su apoyo. En síntesis, Salvador Alvarado es uno de los precursores, tanto de la Constitución de 1917, como de la atención social en México. Anna Ribera Carbó es autora del capítulo "Francisco J. Múgica y la lucha por la justicia social". Experta en el personaje, a ella corresponde la tarea de ordenar sus apuntes personales, con erudición y prosa elegante analiza la obra de un revolucionario trascendente en el Congreso Constituyente. Magonista y maderista, consumado y radical constitucionalista, tuvo la osadía de cuestionar a Carranza por la ausencia de contenidos sociales en el Plan de Guadalupe; contra la voluntad del Primer Jefe, él y Lucio Blanco realizaron el primer reparto agrario revolucionario. Como gobernador preconstitucional de Tabasco prohibió la educación religiosa, priorizó la educación de los más necesitados e insistió en el reparto y restitución de tierras en la entidad, lo que le valió un nuevo desacuerdo y reprimenda de Carranza. Con ese arsenal de experiencias, ya como diputado constituyente y presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, encarnó la reedición de la primigenia discusión de los temas sociales del Plan de Guadalupe, fue artífice clave para la recuperación de los reclamos sociales de las distintas facciones revolucionarias y la voluntad más férrea del grupo jacobino. Ribera Carbó muestra cómo la impronta de Múgica está grabada en relieve en la Constitución de 1917, por lo que fue considerado por sus pares como el "líder parlamentario" del Congreso Constituyente de Querétaro. La difícil correspondencia entre lo deseable y lo posible, entre texto y contexto, entre palabra y acción, es abordada por Tomás Pérez Alvarado con el tema "Cuando la Constitución de 1917 se enfrentó a la realidad: los artículos 3°, 24°, 27° y 130°, durante la administración de Plutarco Elías Calles", donde reflexiona a partir de la premisa de que las constituciones tienen valor y son duraderas cuando expresan fielmente a los factores de poder imperantes en la realidad. Con mirada aguda expone cómo el innovador contenido social de la Constitución afectaba los intereses de distintos poderes fácticos que reaccionaron con objeto de evitar su aplicación. Plutarco Elías Calles, considerado el arquitecto inicial de la vida institucional posrevolucionaria, en su afán por apegarse a la Constitución chocó con dos de los actores más importantes en la historia de México: la Iglesia católica y Estados Unidos. El conflicto con el clero radicó en su oposición a varios artículos constitucionales que afectaban sus privilegios en materia educativa, de propiedad y de culto religioso, mientras que la colisión con los norteamericanos se enmarcó en el espíritu del artículo 27 y su Ley Reglamentaria que disgustaron a las empresas petroleras. A este entorno, Pérez Alvarado agrega el peso de los conflictos internos y los anhelos reeleccionistas de Álvaro Obregón. En resumen, la reflexión sobre los acontecimientos, debates y acuerdos cifrados por los diferentes actores revolucionarios, tanto en las postrimerías del porfiriato, la lucha revolucionaria, la Soberana Convención de Aguascalientes, como en el Constituyente de Querétaro y las experiencias, aportaciones y vivencias de Alvarado, Múgica y Calles constituyen la primera parte del libro. Entiendo que la referencia exclusiva a dichos personajes puede parecer arbitraria, pues habrá quien considere a otros igualmente importantes, pienso por ejemplo en Cándido Aguilar quien promulgó la primera Ley del Trabajo en México. Sin embargo, además de las limitaciones de espacio, el ejercicio tiene sólo el propósito de resaltar la trascendencia de la relación entre actores y contextos, por lo que, con los acontecimientos referidos y los personajes abordados, se cumple el cometido. Analizada la importancia de los antecedentes y actores, la segunda parte del libro, se titula "Grandes temas y grandes retos" y se refiere a un conjunto de desafíos. A lo largo de la centuria, el Estado emanado de la Revolución mexicana ha experimentado profundas transformaciones estructurales: de la predominancia de la violencia y la anarquía a la convivencia pacífica, ahora nuevamente amenazada por el crimen organizado, la injusticia y la impunidad; del predominio de los caudillos, los caciques y los hombres fuertes transitamos a una lenta, costosa y, en no pocas ocasiones, dolorosa construcción institucional, normativa y democrática, ahora cada vez más cuestionada; de un Estado paternalista y asistencialista y de una economía proteccionista y cerrada a la competencia externa, pasamos a la redefinición de los ámbitos de intervención estatal, la creciente presencia de la sociedad civil y la apertura económica e incorporación a uno de los bloques más dinámicos y poderosos de la economía mundial, lo cual ha tenido efectos positivos para los sectores más modernos y competitivos de la economía nacional pero, a la vez, ha repercutido desfavorablemente en amplios sectores sociales, situación que en breve se someterá a discusión, no para atender dichos efectos perniciosos, sino a instancias de la defensa de los intereses de nuestro poderoso vecino del norte que promueve la revisión del tratado comercial de Norteamérica. En el ámbito político, dejamos de ser un país dominado por la hegemonía de un sólo partido para dar paso a un sistema multipartidista de competencia real y hemos construido un andamiaje institucional que ha permitido, no sin problemas, el procesamiento de tales cambios. Asimismo, hay una nueva relación con diversos actores políticos como las iglesias y los empresarios. En lo social, las transformaciones han sido importantes y profundas pero, no obstante de la sustancial mejoría en indicadores educativos y de salud pública, como de conquista de derechos de las mujeres y las minorías, el país ha experimentado el incremento de la pobreza, la agudización de la desigualdad social, la obsolescencia del sistema de impartición de justicia, la falta de oportunidades para amplios grupos sociales y la pérdida del horizonte de futuro, que sumados estos factores son caldo de cultivo propicio para la peligrosa extensión del desapego institucional, el incremento de la violencia y de las prácticas delincuenciales. En su conjunto, todos estos cambios en lo económico, lo político, lo social y lo cultural han motivado la revisión de nuestro marco legal, que se ha traducido en múltiples reformas constitucionales que, en suma con los cambios descritos, es necesario analizar con objeto de saber en dónde estamos y a dónde vamos, de ahí que la segunda parte del libro se denomine "Grandes temas y grandes retos". Así, la parte complementaria del libro inicia con el trabajo de Carla Carolina Arteaga Juárez y Carlos Arteaga Basurto, quienes disertan sobre "Las garantías individuales y los derechos sociales en la Constitución de 1917: antecedentes, debates y alcances ", donde exploran cómo nuestra Carta Magna ha sido una especie de rehén entre posiciones ideológicas oscilantes de carácter conservador o reformista liberal, pero coincidentemente autoritarias, que ha impedido el tránsito al Estado Social Democrático de Derecho. De manera diáfana hacen una revisión conceptual que esclarece las diferencias entre derechos y garantías: mientras que los derechos del hombre son elementos propios e inherentes a la persona, las garantías son la consagración constitucional de estos elementos, para investirlos de obligatoriedad e imperatividad por parte de las autoridades y del Estado mismo. Es decir, son los medios procesales por los que es posible la protección y eficacia de los derechos, razón por la que ambos son elementos básicos para enfrentar las desigualdades sociales por medio de las políticas públicas. Los autores concluyen que la vigencia de los derechos sociales, y por tanto de las garantías, está puesta en entredicho ante los actuales procesos de desmantelamiento de los sistemas de protección social en México. Octavio Rodríguez Araujo, hombre dialogante, apreciado y reconocido intelectual, titula su colaboración "Estado laico y religiones. Preceptos constitucionales y reformas: avances o retrocesos en materia religiosa". De manera rigurosa y bien documentada se da a la tarea de reflexionar sobre un tema por demás espinoso en la historia de México: las relaciones Estado-iglesias, y en particular con la Iglesia católica. Con maestría reconstruye históricamente esta relación conflictiva, a veces franca, abierta y violenta, otras soterrada, disimulada o en reposo, pero siempre latente. La intromisión y la intolerancia son las constantes que el autor documenta a lo largo de su ensayo, lo que permite al lector redimensionar el costo y el valor que tiene la construcción de nuestro siempre amenazado laicismo. Rodríguez Araujo nos alerta: cambian las formas no el objetivo, el antilaicismo subyace; es el mismo que expresó el arzobispo primado de México José Mora y del Río en febrero de 1925: "El episcopado, clero y católicos, no reconocemos y combatiremos los artículos 3°, 5°, 27 y 130 de la constitución vigente", y el declarado por su homólogo Norberto Rivera, 75 años después: "Nosotros, pastores del pueblo de Dios, tampoco podemos obedecer a los hombres y sus leyes antes que a Dios". Angélica Cuéllar Vázquez, pionera en el estudio de la sociología jurídica en México, nos comparte el trabajo "La Reforma constitucional en materia penal. La transición del sistema de justicia a 100 años de la Constitución". Parte de la premisa de que la Constitución de 1917 se convirtió en un campo de lucha política donde se consagraron demandas y derechos sociales que en la práctica no se cumplieron. Así, la deuda social en materia de justicia y equidad incluyó a las desprestigiadas instituciones del Poder Judicial, lo que motivó una reforma histórica del modelo de impartición de justicia, de su estructura y de la práctica de sus agentes, que representó un cambio paradigmático que pretende consolidar constitucionalmente el carácter garantista del sistema penal mexicano. Pasarnos de un sistema inquisitivo basado en la culpabilidad, el expediente y el hermetismo a uno fundado en la oralidad, la presunción de inocencia y la publicidad. Empero, la Dra. Cuéllar nos sube la guardia: los avances constitucionales recientes han sido obstaculizados por añejas tradiciones; el cambio constitucional modificó las normas de acción de los agentes, pero éstos conservaron sus viejos vicios y sus antiguas prácticas, lo que significa uno de los mayores retos de urgente atención. Analizar los derechos consagrados en la Constitución después de casi setecientas modificaciones y contrastar su correspondencia y alcances en un contexto de imposición neoliberal es el desafío que asume Jaime Cárdenas Gracia en el texto titulado "Las reformas a la Constitución de 1917. Un análisis de las reformas neo-liberales". El autor, con afilado sentido crítico, analiza el peso de los poderes fácticos internos y externos, explora las raíces ideológicas del pensamiento neoliberal y documenta cómo la imposición del modelo ha provocado reformas constitucionales que han tenido efectos perversos en México. Así, los significados sociales y nacionales de la Constitución de 1917 se fueron erosionando a partir de la década de los ochenta del siglo pasado, el neoliberalismo económico produjo cambios en la manera de entender el constitucionalismo mexicano. En este sentido, sentencia Cárdenas Gracia, las reformas estructurales de Miguel de la Madrid a Enrique Peña Nieto tienen como característica fundamental la integración subordinada de la economía nacional a la economía norteamericana y mundial, como la primacía de los intereses de la plutocracia nacional con consecuencias sociales adversas: mayor desigualdad social y pobreza generalizada. La mejor conclusión de un libro que inicia con el análisis de los actores, continúa con el estudio de algunos de los temas y retos más representativos en materia de derechos y garantías constitucionales, y cierra con una reflexión en prospectiva relativa al constitucionalismo, la encontramos en el último capítulo elaborado por Francisco José Paoli Bolio, consumado periodista y comentarista, reconocido intelectual y prolífico escritor, quien presenta "El constitucionalismo del siglo XXI", en el que el constitucionalismo es concebido no sólo como una posición filosófica y política, sino también como un movimiento social y político que procura el establecimiento de normas superiores. En este sentido y ante el avance de la globalización que pone en entredicho la idea y funcionamiento tradicional del Estado nacional por la emergencia de asuntos que rebasan las fronteras locales e impactan a la comunidad planetaria, se hace necesario pensar en un nuevo orden constitucional mundial que garantice certidumbre y gobernanza a nivel global, mientras que en el ámbito local debe considerarse la posibilidad de una nueva Constitución o por lo menos la revisión integral de la vigente. En un principio el libro fue pensado para estudiantes de licenciatura del área de las ciencias sociales, particularmente los de Trabajo Social de la UNAM, en virtud de la existencia de dos asignaturas obligatorias en la carrera: Análisis del Estado Mexicano y Situación Nacional Contemporánea, cuyos contenidos temáticos versan sobre la estructura del Estado, la conformación del orden constitucional, el proceso armado del que surgen el Estado posrevolucionario y la Constitución de 1917, así como el funcionamiento, si es el caso, del actual Estado de Derecho, entre otros. Sin embargo, felizmente el proyecto fue acogido con entusiasmo por distintos especialistas, de los más connotados a nivel nacional, como se puede constatar en las referencias anteriores a cada una de las colaboraciones, lo que hace de este libro un valioso documento para cualquiera que esté interesado en el conocimiento y comprensión de la realidad nacional. Por la importancia de los temas y la calidad de los participantes es una herramienta para la reflexión, un documento necesario para contribuir al conocimiento de la realidad, un libro útil para recrear acontecimientos históricos, pensar escenarios futuros e imaginar nuevos derroteros que nos permitan transitar a mejores niveles de desarrollo. Se trata de una ventana que permite mirar, desde diferentes enfoques disciplinares, temas diversos y complementarios. Escrito en colectivo, lo que une y articula las colaboraciones de los especialistas es su compromiso serio y riguroso para coadyuvar al conocimiento de nuestro devenir histórico. Esperamos que esta obra contribuya a superar visiones simplificadoras y petrificadas con objeto de recuperar el sentido y la trascendencia de las ideas, los acontecimientos y el papel de los actores. Finalmente, quiero expresar mi agradecimiento a la Universidad Nacional Autónoma de México, a la Escuela Nacional de Trabajo Social y a la Mtra. Leticia Cano Soriano, su directora, que trabaja y deja trabajar en un clima de respeto y libertad propicio para la creatividad. Asimismo, mi reconocimiento a la Mtra. Silvia Solís San Vicente, corresponsable en el proyecto financiado por la Dirección General de Asuntos del Personal Académico de la UNAM, dependencia universitaria a quien hago patente mi agradecimiento, pues su apoyo ha sido determinante para la publicación de este libro, que forma parte del Proyecto PAPIME, "Garantías individuales y derechos sociales en el Centenario de la Constitución de 1917: antecedentes, debate y prospectiva", clave: PE304217, al igual que el Coloquio de idéntica denominación, que fue el marco donde se reflexionó colectivamente sobre las líneas generales de los ensayos que hoy sometemos a consideración del público lector. 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